- ¿Es posible declarar la nulidad de una asamblea o de la cuota de mantenimiento?
Respuesta: Sí, desde luego teniendo bases que fundamenten su nulidad.
- ¿Qué se recomienda para la contratación del
servicio de administración de un condominio?
Respuesta: Que el prestador del servicio presente su carta de presentación
indicando su domicilio fiscal, nombre del representante legal y la descripción
del servicio a proporcionar.
Copia simple de la escritura constitutiva de la empresa prestadora,
para tener la certeza legal de su existencia.
Certificaciones oficiales respecto a la aprobación del servicio
y los documentos de identificación fiscal.
Su propuesta de contrato de prestación del servicio.
- ¿Cuál es el procedimiento para la asignación
de administrador?
Respuesta: Presentar ante la Procuraduría Social:
- Convocatoria para la celebración de la asamblea de condóminos
en la cual se designará al administrador.
- Constancias de notificación o entrega de la convocatoria a
cada unidad de propiedad exclusiva.
- Presentación del libro de actas o el acta correspondiente
en que consta el acuerdo de designación de administrador.
- Identificación vigente de la persona física designada
como administrador o del representante legal de la empresa administradora
profesional, y
- Carta poder en su caso.
- ¿Es posible revocar la designación de un administrador?
Respuesta: Sí, es posible revocar su designación. Existen tres opciones
legales. La revocación o anulación de su registro que se
promueve mediante el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal
de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México. La nulidad del acuerdo de designación
que se promueve mediante el juicio ordinario civil ante el Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad de México y la revocación aprobada por la asamblea de
condóminos.
Esta y mucha más información podrá encontrarla
en el libro "Manual del Condominio" de Vicente Pérez González,
presidente de la asociación.
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